| Definición de Fiducia | ||
Negocio jurídico en virtud del cual una persona, llamada fiduciante o fideicomitente,
transfiere uno o más bienes especificados a otra, llamada fiduciario, quien
se obliga a administrarlos o enajenarlos para cumplir una finalidad determinada
por el constituyente, en provecho de éste o de un tercero llamado beneficiario
o fideicomisario. | ||
| 1. Encargo Fiduciario | ||
Acto por el cual el fiduciario actúa de administrador o custodio de unos
bienes de acuerdo con instrucciones previas del fideicomitente. En este caso no
existe transferencia de dominio del bien entregado en fiducia, quedando en el
patrimonio del fideicomitente, sujeto a la administración y custodia de
la Fiduciaria. | ||
| 2. Fiducia Mercantil | ||
Contrato mediante el cual los bienes se separan del patrimonio del fideicomitente mediante transferencia de dominio a la Fiduciaria, para el cumplimiento de una finalidad determinada. | ||
| Características de un negocio fiduciario | ||
| • Los negocios fiduciarios son "intuito personae", es decir, en
consideración a la persona, basados en el conocimiento y la confianza del
cliente y de la Fiduciaria. Los negocios se celebran en la medida en que haya
una finalidad para cumplir. • La Fiduciaria gestiona y cumple en forma profesional los encargos que le encomiendan sus clientes, en la forma en que éstos o la ley lo señalen. • La Fiduciaria debe mantener una separación total entre su propio patrimonio y los bienes que le entregan los clientes, así como también entre los de éstos últimos de manera que no se confundan entre sí. • La característica de un patrimonio autónomo solamente se presenta cuando se hace a través de un contrato de fiducia mercantil. • La Fiduciaria en su condición de entidad de servicios financieros, establece su remuneración como una comisión sobre su gestión, y no como una tasa de interés, a diferencia de los establecimientos de crédito. | ||