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CARTERA COLECTIVA ABIERTA PREMIUM
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Administración colectiva de los recursos depositados por personas naturales o jurídicas que desean invertir en un portafolio con altas participaciones en títulos al descuento, como facturas, pagarés, cheques, actas de obra, etc.
Mantiene inversiones en renta fija en pesos (CDT, Bonos, TES, Cuentas de Ahorro, etc.).
También es una cartera colectiva, que desde la parte del activo, ofrece una alternativa de financiación a proveedores con requerimientos de liquidez.
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 | Condiciones del Producto
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 | • Vinculación mediante contrato de encargo fiduciario. • Liquidación y reinversión diaria de rendimientos hasta su cancelación, los cuales se distribuyen en proporción a la participación de cada cliente en la cartera colectiva. • El monto mínimo que se puede mantener en la cartera colectiva es de un millón de pesos ($1.000.000). • El valor mínimo para retiros corresponderá a $500.000. • Cualquier voluntad de retiro antes del vencimiento de los términos inicialmente pactados contractualmente, tendrá una penalización del 1% sobre el monto retirado, y éste será a favor de la cartera colectiva. • Plazo mínimo de inversión 30 días. • El día del vencimiento se puede optar por cancelar la participación, hacer un retiro parcial y/o reinvertir su saldo en un plazo igual al estipulado inicialmente. • Vencido el plazo se otorga dos días de gracia para que el partícipe manifieste su voluntad de cancelar. • En el evento en que no sea reportado el retiro, éste será prorrogado automáticamente por un plazo igual al inicialmente establecido. • Ningun partícipe de la cartera colectiva puede tener una participación superior al 10% del valor total de la cartera colectiva. • La Fiduciaria cobra por su gestión una comisión del 2% anual sobre el valor de la cartera colectiva, en su equivalente diario, y ésta se causa como un gasto a cargo de la cartera colectiva y no del partícipe. • Sobre los rendimientos se efectúa la retención en la fuente a aquellos partícipes sujetos a este gravamen. • Cualquier adición estará sujeta al mismo plazo de la inversión inicial, es decir, 30 días. • Los traslados entre el fondo y las cuentas corrientes o de ahorros de los partícipes son exentas del Impuesto a las Transacciones (GMF), siempre y cuando, la cartera colectiva mantenga cuentas en el mismo establecimiento financiero del partícipe, y se certifique que los traslados entre cuentas pertenecen al mismo y único titular. • El Fondo mantiene cuentas en su Banco Matriz – Banco de Occidente.
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 | Los horarios para reportar operaciones son:
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 | Para operaciones a través del Banco de Occidente, se atenderán en Bogotá de Lunes a Viernes de 8:30 a.m. a 3:00 p.m., y fines de mes, de 8:30 a.m. a 1:00 p.m.; en ciudades distintas, de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 11:30 a.m. y de 2: p.m. a 3:00 p.m.
Para operaciones a través de otros bancos, las operaciones serán recibidas en días hábiles hasta la 1:00 p.m. (las operaciones de este tipo serán aceptadas, siempre y cuando, obedezcan a traslados entre cuentas y hayan sido reportadas a la fiduciaria.
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Revisoría Fiscal
La revisoría fiscal de las Carteras Colectivas es KPMG, en cabeza de la señora Erika Patricia Manigua Rivera, e-mail: colombia@kpmg.com.co, Carrera 13 No. 27 - 47 piso 9. Tel. 2973030
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 | Informe Revisor Fiscal Premium
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 | Contralor Normativo
El contralor normativo de las Carteras Colectivas es el Dr. Luis Humberto Ustáriz Gonzáles
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 | Curriculo Contralor Normativo
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Gerente Cartera Colectiva y Comité de Inversiones
El Gerente de las Carteras Colectivas es el Doctor Miguel Angel Grimaldo Duran
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 | Curriculo_Gerente_Cartera_Colectiva.PDF
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 | Entidad Aseguradora
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 | aseguradora_premium
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